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La Dirección de Tránsito y Transporte Público, cumple con las funciones que le competen por la LEY Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Artículo 26:
A la unidad encargada de la función de tránsito y transporte público corresponder:

a) Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos.

b) Otorgar y renovar los permisos de circulación de vehículos.

c) Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la Administración del Estado competentes.
  
d) Señalizar adecuadamente las vías públicas de la comuna.

e) Supervisar el cumplimiento de los contratos suscritos y concesiones otorgadas por el municipio que versen sobre materias de su competencia.

e) En general, aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna
.

Cómo respuesta a las necesidades de la sociedad contemporánea, en que el Transporte de personas y de carga ha experimentado un notable desarrollo, lo que ha intensificado el tránsito vehicular, en el que la potencia y velocidad de los vehículos motorizados han provocado una verdadera problemática, se ha hecho necesario la dictación de leyes y reglamentos tendientes a normar y regular el tránsito público.Tan importante revolución técnica, ha determinado el perfeccionamiento de las calles, en las ciudades, de los caminos y que se regule el desplazamiento vehicular, y la conducta de los peatones, estableciendo normas de seguridad en el uso de las vías, constituyendo requisitos sobre: 

1.La habilitación para conducir

2. El estado técnico del parque vehicular

3. La velocidad máxima y mínima, derecho preferente de paso, vehicular y peatonal, infracciones y sanciones
.

Todo ello con la positiva intención que la explosión expansiva del parque vehicular y la posible conducta temeraria o negligente de conductores y peatones deriven en accidentes con lamentables resultados para la integridad física de las personas y conservación de los bienes.Las normas jurídicas que rige en la materia entre otras son las Leyes Nº 18.290 y 19.710 que regulan la habilitación de las personas para obtener sus correspondientes licencias para conducir. Estas normas contemplan los deberes y derechos que le asisten a las personas en sus diversas condiciones, ya sea como peatones, pasajeros de los diversos vehículos de transporte  conductores.

 

ENCARGADO Y EQUIPO DE TRABAJO:

Director                                   : Manuel Pavez Henríquez

Jefe Licencias de Conducir     : Sandra Morán Gonzáles 

Jefe Permiso de Circulación   : María Moya Aranguiz

Dpto. Estudio y Señalización  : María  Aguilar Barrientos  

 

HORIO DE ATENCION:

Lunes  a  Jueves                      8: 45  a  14:00    -  15:00 a 17:30 hrs.

Viernes                                    15:00  a  16:30 hrs.

Fono: 390 91 82

 

 

 


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